
El TS confirma su postura: Si prorratea las pagas extras en contra de la prohibición del Convenio puede pagarlas dos veces
¿Prorratea las pagas extraordinarias de tus trabajadores en la nómina mensual? Si es así, le recomendamos que revise el convenio colectivo de aplicación para comprobar que el mismo no lo prohíbe. Si existe tal prohibición, se puede encontrar con una reclamación de cantidad de los trabajadores que le obligue a volver a abonar las pagas extraordinarias del último año más un 10% de interés por mora.
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