Obligaciones de las sociedades inactivas
Dejar una sociedad inactiva es bastante habitual y sencillo, si bien también conlleva varias obligaciones que suelen dejarse de lado y no debemos olvidar.
Comunicación:
Si se quiere dejar una sociedad inactiva sólo hace falta comunicar ante la Administración Tributaria el cese de la actividad económica a través del modelo 036.
Se debe marcar la casilla 140 correspondiente a «Dejar de ejercer todas las actividades empresariales y/o profesionales (personas jurídicas y entidades, sin disolución, entidades inactivas)» e indicar en la casilla 141 la fecha efectiva del cese en la actividad.
Esta comunicación debe presentarse en el plazo de un mes desde la fecha de cese. De presentarse con posterioridad se deberá aportar la documentación pertinente que pruebe y acredite la fecha en la que se produjo el cese, de lo contrario se tomará en cuenta la fecha de presentación.
IVA:
En primer lugar, aunque la sociedad esté inactiva no debe olvidarse presentar la declaración del IVA correspondiente al último periodo en que se tuvo actividad y el correspondiente resumen anual de ese ejercicio.
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