La Reforma Laboral 2021: Cambios en las subcontrataciones de obras y servicios.
Muchos de los clientes son autónomos y pymes o asesores de autónomos y pymes.
No es raro que este tipo de empresas trabajen o desarrollen su actividad para otras empresas vía subcontratación de las obras o servicios que prestan.
Sí este es su caso debe saber que la Reforma Laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, también introduce cambios en la regulación de las subcontrataciones de obras y servicios, establecida en el Art. 42 del Estatuto de los Trabajadores.
La Exposición de Motivos de la reforma señala que se persigue “… una modernización de la contratación y subcontratación de actividades empresariales”; y que se pretende que NO se utilice la externalización de servicios, a través de la subcontratación, como mecanismo de reducción de los estándares laborales de las personas que trabajan para las empresas subcontratistas; pues ello afecta negativamente a la competencia cualitativa entre las empresas e incide también en el incremento de la precariedad laboral.
O dicho de otro modo, se trata de impedir que por medio de la subcontratación la persona trabajadora realice el mismo trabajo que si estuviera contratado por la empresa contratista, pero por menos salario y en peores condiciones laborales.
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