CUANDO RESPONDE EL CÓNYUGE DE LAS DEUDAS DEL EMPRESARIO
Las personas físicas que se dedican a una actividad económica a título individual suelen contraer una serie de obligaciones como consecuencia de esa actividad. El empresario individual (persona física) responde del cumplimiento de sus obligaciones con todo su patrimonio personal.
No existe separación, en estos casos, entre el patrimonio empresarial y el privado del empresario. Este responde de las posibles deudas contraídas en el ejercicio de su actividad económica con la totalidad de los bienes propios presentes y futuros.
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