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Con la entrada en vigor de la “Ley de emprendedores”, se pone de manifiesto un claro fomento de la actitud emprendedora, estableciendo una normativa favorable para futuras pymes y autónomos.
En referencia a los autónomos, una de las reticencias a la hora de emprender, es el pago de los seguros sociales en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA), en el que por la base de cotización mínima deben de abonar una cuota de 261,83 euros mensuales. No obstante, una de las reformas establecidas por la “Ley de emprendedores” es el establecimiento de una tarifa plana en la que durante los 18 primeros meses de actividad, obtendrá una rebaja en el abono mensual de estos seguros. Dicha rebaja o bonificación consiste en: 80% de descuento durante los 6 primeros meses, 50% de descuento durante los 6 meses siguientes y 30% de descuento en los 6 últimos meses.

 

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